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miércoles, 30 de abril de 2008

2º Dramatización

CONSEJOS ESCOLARES

El Consejo Escolar es el órgano de gobierno y de participación más importante del centro. En él hay representantes del equipo directivo, profesorado, alumnado, padres, AMPA, personal no docente y Ayuntamiento. Son miembros permanentes el Director que es su presidente, el Jefe de Estudios y el Secretario que tiene voz pero no voto y es el encargado de levantar acta de las reuniones. Todos los demás componentes, a excepción hecha del representante municipal, son elegidos por los respectivos sectores. Entre las funciones del Consejo Escolar están las de aprobar y evaluar la programación general anual, su proyecto educativo y las actividades complementarias, resolver temas de conflictos graves. El Consejo Escolar se renueva parcialmente cada dos años por elecciones directas.

El equipo directivo

El Equipo Directivo está constituido por el Director, el Jefe de Estudios, los Jefes de Estudios adjuntos y el Secretario. El equipo directivo asumen la gestión directa del centro sin perjuicio de las competencias del Consejo Escolar y del Claustro de profesores. El Director ostenta la representación del Centro, es el máximo responsable del mismo y coordina y dirige todas las actividades. Es elegido en el Consejo Escolar por un periodo de cuatro años presentando un programa de dirección y al propio equipo. La Jefatura de Estudios tiene a su cargo todas las funciones de carácter académico (horarios, actividades académicas, absentismo, acción tutorial y correcciones de comportamientos contrarios a las normas de convivencia del centro. El Secretario tiene a su cargo la ordenación administrativa del Centro (actas de las reuniones, certificaciones, jefatura del personal administrativo y de servicios y gestiona el presupuesto del Centro).

Claustro

Es el órgano de participación del profesorado en que se planifica, coordina, decide e informa sobre todos los aspectos académicos del instituto. Forman parte del claustro la totalidad del profesorado que presta servicio en el centro, Sus reuniones son presididas por el director.

Órganos de coordinación docente

Departamento de Orientación

Este departamento es el encargado de planificar, desarrollar y coordinar las actividades en los campos de orientación escolar, profesional, vocacional y personal. Además tiene funciones de apoyo al proceso de enseñanza-aprendizaje, asesorando y proponiendo medidas de atención a la diversidad, adaptaciones curriculares y elaboración de informes. Está compuesto por una psicopedagoga y el profesorado que atiende a la diversidad (pedagogía terapéutica, diversificación, compensatoria, profesor técnico de servicios a la comunidad).

Departamento de actividades extraescolares y complementarias.

Se encarga de promover, organizar y facilitar el desarrollo de las actividades complementarias que recoge la programación general anual. Está formado por una Jefa de Departamento que trabaja en coordinación con la Jefatura de Estudios, los distintos Departamentos Didácticos y aquellas instituciones que colaboran con el centro en la realización de estas actividades (AMPA, Ayuntamiento, Mancomunidad, etc.). En la programación general anual se recogen las actividades que se desarrollarán a lo largo del año a propuesta de los departamentos didácticos alumnado y padres. Por su carácter de continuidad todos los años se recogen la Semana Cultural, la Semana Blanca y el viaje de fin de estudios. Este departamento en colaboración con el AMPA y el Equipo Directivo todos los cursos fotografía a los grupos de 2º de Bachillerato y al claustro de profesores.

Departamentos Didácticos.

Se constituyen por el profesorado que imparte una misma área o materia. Es el encargado de elaborar la programación didáctica de esa área. Los profesores y profesoras que componen un departamento están coordinados por el Jefe de Departamento. Las programaciones didácticas deberán contener, entre otras cuestiones, los objetivos, contenidos y criterios de evaluación para cada materia y/o área; así como los criterios de evaluación. El Jefe del Departamento es el encargado de redactar la programación, de coordinar las reuniones del departamento para el seguimiento evaluación de la misma, así como de hacer las propuestas de mejora en todo aquello que afecta al departamento. Cada departamento indicará al departamento de actividades complementarias las actividades que piensa programar para conseguir una educación integral de alumnado.

Comisión de Coordinación Pedagógica

El Jefe de Estudios, los Jefes de Departamento y el Director constituyen la Comisión de Coordinación Pedagógica. En esta comisión se trabaja todos aquellos aspectos relacionados con la vida académica de programación didáctica. Sus acuerdos son llevados a claustro.



Organización y Funcionamiento

El Consejo Escolar hace posible una mayor integración, participación y representatividad, de todos los que son parte de una comunidad escolar, aportando con su trabajo al mejoramiento de la gestión y la calidad de la educación del colegio.

Organizar el trabajo del Consejo Escolar, permitiendo que represente la realidad particular de cada establecimiento, requiere responder a algunas preguntas y tomar algunas decisiones:

¿Existe algún estamento, organización, nivel o y/o especialidad dentro del establecimiento o vinculado a él que no esté representado en el Consejo Escolar y que sería importante que lo esté?

Si es así ¿Mediante qué mecanismo se va a resolver su incorporación?

¿Cuántas veces en el año se va a reunir el Consejo?

¿Cómo se van a organizar las reuniones del Consejo?

¿Qué funciones y responsabilidades asumirá cada uno de los miembros del Consejo?

¿Cómo se va a informar a los miembros de la comunidad educativa de los temas tratados en el Consejo?

¿Qué es el reglamento interno de los Consejos Escolares?

Es una pauta de normas escritas y obligatorias creadas y consensuadas por el conjunto de integrantes del Consejo, que servirá como orientación para el trabajo que éste debe desarrollar, permitiendo además definir sus derechos y deberes como organización y la de cada uno de sus miembros.

¿Qué aspectos debe contener el reglamento?

A continuación se presentan los mínimos establecidos en el Reglamento de Consejos Escolares

(Decreto 24/Enero de 2005) y algunas sugerencias respecto de la organización y funcionamiento del Consejo.

1. Sobre los miembros del Consejo Escolar es necesario definir:

· Derechos y deberes

· Designación de un secretario del Consejo y definición de sus funciones.

· Procedimiento de incorporación de nuevos miembros:

La ley establece que el Consejo debe estar integrado a lo menos por el sostenedor o su representante, el director, un profesor elegido por sus pares, el presidente del Centro de Padres y el presidente del Centro de Alumnos. Sin embargo, deja abierta la posibilidad para integrar nuevos miembros a petición de cualquier integrante o por iniciativa del director.

Para lo cual cada consejo deberá definir un procedimiento.

Los nuevos miembros pueden ser por ejemplo:

- Representante de los co-docentes del establecimiento.

- Organizaciones funcionales de alumnos.

- Agrupación de ex-alumnos.

- Presidente de la Junta de vecinos.

- Organización comunitaria.

- Otro alumno que represente a su jornada, en aquellos establecimientos de doble jornada.

- Representantes de alumnos de los 7° y 8° años de las escuelas de Educación Básica.
- Empresarios de la comunidad.

Con relación a los nuevos miembros, es necesario definir también en qué condiciones se incorporan, su período de permanencia y las circunstancias por las cuáles podrían dejar de pertenecer.

2. Sobre el Funcionamiento del Consejo es necesario definir:
· Número de sesiones ordinarias.

Debe sesionar, a lo menos, cuatro veces en cada año, mediando entre cada una de estas sesiones, no más de tres meses.

Puede establecer un número mayor de sesiones ordinarias durante el año, de acuerdo a los objetivos, temas y tareas que asuma el Consejo.

· Procedimiento para solicitar sesiones extraordinarias
Las citaciones a sesiones extraordinarias serán realizadas por el Director del establecimiento, a petición de una mayoría simple de los miembros del consejo.

· Procedimiento para citación a reuniones ordinarias y extraordinarias.

Definir con cuanta anticipación y por qué medio se citará a reunión a los miembros del Consejo, de tal manera que todos estén informados y puedan participar. Se recomienda definir un quórum mínimo para sesionar.

· Mecanismos para informar a la comunidad escolar.
Es importante definir la forma como se comunicará lo discutido y acordado en las sesiones del Consejo a todos los miembros de la comunidad educativa (por ejemplo, circulares, publicación del acta en diario mural, reuniones de consejos de delegados, radio escolar, entre otras).

· Mecanismo para la toma de decisiones.

En el caso que el sostenedor le otorgue al Consejo facultades resolutivas, es necesario definir la forma en que se tomarán los acuerdos, estableciendo un quórum mínimo.

· Solemnidades que deberá contener el acta de las sesiones del Consejo.

Otras recomendaciones para organizar el trabajo del Consejo:
· Es importante planificar las sesiones ordinarias que se realizarán durante el año.
Esto implica definir cuándo se realizarán, de tal manera que éstas tengan regularidad en el tiempo, y qué objetivos y temáticas se tratarán en cada una.

· Utilizar una metodología de trabajo participativa, que permita que cada uno de los miembros tenga oportunidad de opinar, preguntar y asumir tareas específicas.

· Para avanzar en el logro de los objetivos y tareas que se plantee el Consejo, es recomendable conformar comisiones de trabajo integradas por otras personas de la comunidad y lideradas por algún miembro permanente de éste.

La organización interna del Consejo debe ser el resultado del acuerdo y participación conjunta y activa de todos sus integrantes.

Enlaces de Interés:

http://600.mineduc.cl/docs/servicios/serv_cart/cart_dere/dere_conse.pdf
http://centros2.pntic.mec.es/cp.ciudad.de.los.angeles/organizacion_del_centro.htm
http://www.ielisboa.net/organizacionescolar/organizacion.htm

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